Luego de un divorcio, los cónyuges pasan de ser una pareja que podría actuar como una sola unidad financiera a ser dos personas separadas, en lo financiero. Muchos cónyuges tienen problemas para adaptarse a esto, especialmente si están acostumbrados a que el ingreso de su cónyuge les suplemente sus finanzas o les sustente por completo. Cuando un matrimonio es especialmente duradero, puede ser más difícil recuperarse de esta dependencia financiera, y usted podría necesitar sustento conyugal para ayudarle a mantenerse de pie. La duración del matrimonio es uno de los factores principales que las cortes consideran al decidir si uno de los cónyuges debe obtener alimento o sustento conyugal luego del matrimonio, pero no existe un mínimo de duración matrimonial para el alimento. Sin embargo, la duración del matrimonio no es el único factor decisivo, e incluso los matrimonios longevos podrían no justificar el sustento conyugal en cada caso. Los abogados de divorcio de Ventura en Las Oficinas Legales de Bamieh y De Smeth explican.
¿Existe un mínimo de duración de matrimonio para el sustento conyugal en California?
Las leyes de California mencionan varios factores de alimento que las cortes deben considerar al determinar si otorgar alimento, cuánto otorgar y cuánto tiempo debe durar. Estos factores no cuentan con reglas rápidas y duras, pero las cortes suelen considerar la duración del matrimonio como uno de los factores principales al tomar decisiones sobre el sustento conyugal.
A menudo las cortes dividen los matrimonios en matrimonios de corta duración y larga duración, siendo los 10 años el punto de corte. Los matrimonios de corta duración podrían obtener alimento temporero, pero los matrimonios de largo término a menudo pueden obtener alimento permanente o de corta duración. En los matrimonios de corta duración, las cortes típicamente pueden otorgar el alimento por no más de la mitad de la duración del matrimonio. Por ejemplo, un matrimonio que duró 4 años podría obtener 2 años de alimento.
Una vez llegue al término de 10 años, las cortes comienzan a considerar el alimento como una necesidad. Luego de 10 años, las parejas están adaptadas a su estilo: los cónyuges pueden esperar cierto estándar de vida y pueden haber pasado todo o la mayor parte de los 10 años dependiendo del ingreso de su cónyuge para sustentarse. Si un cónyuge se quedó en casa para cuidar de los hijos, podrían no contar con la habilidad o experiencia para colocar un resume para obtener un empleo luego de un divorcio. Esto puede hacer sustentarse a sí mismos más difícil.
Incluso luego de 10 años, las cortes no podrían ver necesario el alimento continuo y permanente. Las cortes mirarán a más factores que solo la duración del matrimonio, incluyendo las habilidades de trabajo antes mencionadas. Si el cónyuge está incapacitado o anciano y podría ser menos apto para trabajar, también son factores que pueden llevar a la corte a una manutención permanente.
¿Puede usted obtener alimento luego de un matrimonio corto?
Como discutimos, los matrimonios de menos de 10 años pueden obtener alimento, pero típicamente este beneficio termina a la mitad de su duración. Sin embargo, esta regla no está escrita en piedra – ni siquiera está incluida en el Código de Familia de California. En su lugar, las cortes se supone que consideran múltiples factores en cada caso y otorgan alimentos razonables. Esto significa que incluso matrimonios especialmente cortos pueden resultar en alimentos temporales o permanentes.
Las cortes realmente deberían atender la necesidad de las parejas y su capacidad de pago en casos de alimentos. Si uno de sus cónyuges no puede trabajar, la corte podría considerar necesaria la concesión de alimentos. Si la pareja se casó tarde en la vida y el cónyuge reclamante es mayor, la corte podría considerar necesaria la concesión de alimentos, aun cuando el matrimonio haya sido muy breve. De manera similar, si cualquiera de los cónyuges desarrolla una incapacidad física o condición de salud severa durante el matrimonio, la corte podría considerar el alimento vital para la sobrevivencia y el cuidado del cónyuge.
Si un matrimonio es increíblemente breve, las cortes podrían considerar ese factor determinante y denegar el alimento. Considere la situación en la que las parejas se casan y se divorcian en menos de un año. En este tipo de caso, la corte sabe que los cónyuges eran financieramente independientes no mucho tiempo atrás, y la corte podría encontrar que no es irrazonable preguntarles que regresen a esa independencia sin la red de seguridad de un alimento. A medida que aumenta la duración del matrimonio, es más difícil recuperar la independencia financiera, lo que explica por qué los matrimonios de mayor duración tienden a obtener más alimentos. Sin embargo, las cortes deben estar dispuestas a considerar el alimento incluso en casos de matrimonios cortos si los otros factores relevantes así lo exigen.
Una de las cosas que el tribunal no considera es la relación previa al matrimonio. En California, no existe tal cosa como un alimento para parejas no casadas, así que las cortes solo miran factores relacionados con la duración del matrimonio. Aun cuando una pareja haya salido junta o convivido durante más de 10 años antes del matrimonio, el hecho de que el matrimonio haya durado menos de 10 años podría debilitar su reclamación de alimentos. Aun así, factores como la contribución de uno de los cónyuges a la crianza de sus hijos o el estilo de vida financiero durante el matrimonio podrían convencer a un jurado de que el alimento sigue siendo necesario, aun cuando el matrimonio fuera relativamente corto.
Contar con un acuerdo prenupcial que garantice el alimento puede ayudarle a superar algunas de estas reglas y expectativas, dándole potencialmente un mejor acceso al alimento y al sustento conyugal.
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Si se está divorciando y necesita alimento o sustento conyugal, llame a los abogados de familia de Ventura hoy para una consulta legal gratuita. Los abogados de divorcio de Las Oficinas Legales de Bamieh y De Smeth podrían ayudarle a luchar para obtener la manutención, bien sea que el matrimonio haya sido largo o corto. Para una consulta legal gratuita, llámenos hoy al (805) 643-5555.



