En California, el sustento conyugal (también conocido como “alimento”) se utiliza para ayudar a los cónyuges a continuar obteniendo el sustento financiero que necesitan luego de un divorcio. Si usted está buscando un divorcio y piensa que usted puede necesitar sustento financiero continuo luego de finalizado el divorcio – o durante el proceso de divorcio – usted podría cualificar para el alimento. Nuestros abogados de alimento de Ventura discuten algunos de los factores que una corte observa al decidir la concesión de alimento y cómo podría cualificar para un sustento conyugal en California. Para asistencia con su reclamación de alimento, llame a nuestras oficinas legales el día de hoy para programar una consulta gratuita.

Factores que Cualifican para El Sustento Conyugal en California

Cuando usted aplica para obtener alimento, la corte mirará a varios factores para ver si usted debe obtener alimento o no. El sustento conyugal no está garantizado en California, y usted necesita demostrarle a la corte que usted necesita alimento antes de que puedan concedérselo.

En la mayoría de los casos de divorcio de California, las cortes mirarán que ambos cónyuges son capaces de mantenerse financieramente, rompiendo cualquier atadura económica, así como terminando el matrimonio. Esto significa que la situación ideal de las cortes es que ambos cónyuges sean capaces de obtener un empleo, pagar por sus propias necesidades, y sufragar los costos de su vivienda, sustento, y cuidado médico sin la ayuda de su ex cónyuge. Existen muchos factores que se encuentran en medio de su habilidad para hacer esto, lo que puede llevar a un alimento.

Si usted cuenta con una condición médica que le previene trabajar para sostenerse, el alimento podría concederse. La corte podría ver que su sustento económico depende de su cónyuge, especialmente si cuenta con una incapacidad, enfrenta hospitalización constante, o tiene una condición de salud que le dificulta trabajar para sustentarse. En estos casos, las cortes podrían continuar la obligación de su cónyuge para sustentarle a usted al ordenar el pago de alimento.

Las cortes se ven más inclinadas a conceder un alimento luego de un matrimonio largo. Si un cónyuge trabajó mientras que el otro era un padre o madre en casa, el cónyuge sin empleo puede estar acostumbrado(a) a ser sustentado(a). Aun cuando ambos cónyuges hayan trabajado, el cónyuge con menos ingreso aun permanece acostumbrado a algún nivel de sustento. Para matrimonios especialmente largos, es injusto preguntar a un cónyuge a culminar repentinamente ese estilo de vida, y las cortes podrían estar dispuestas a conceder el alimento – al menos por un periodo de tiempo luego del divorcio.

Otra preocupación si uno de los cónyuges no trabajó durante su matrimonio es si podrán conseguir un empleo luego de un divorcio. Si un cónyuge no cuenta con habilidades para trabajar, entrenamiento, educación, o habilidades que puedan llevar a un trabajo para sustentarse, la corte podría ordenar alimento. En muchos casos, esto será un alimento “rehabilitador” para ayudar al cónyuge en desventaja mientras busca entrenamiento o educación. En otros casos, esto podría ser un alimento continuo para continuar sustentando al cónyuge que no puede trabajar.

Si una de las razones por las cuales el cónyuge no trabajó durante el matrimonio fue cuidar de sus hijos, la corte podría tomar dicho hecho en consideración. Un padre o madre amo(a) de casa “trabaja” en la familia al cuidar de los hijos, y no puede esperarse que este padre o madre regrese a trabajar inmediatamente luego de un divorcio. El alimento puede ayudar a sustentarse mientras hacen la transición para convertirse en un padre o madre soltero(a) o un padre o madre con custodia compartida. Si el cuidado continuo de los hijos del matrimonio dificulta encontrar tiempo para buscar un empleo, puede utilizarse el alimento continuo para continuar el sustento y darle el tiempo para cuidar de sus hijos. Este alimento también puede reducirse para meramente suplementar un trabajo a tiempo parcial en lugar de un trabajo a tiempo completo para todas las necesidades de sustento.

La corte también puede mirar a otros factores al determinar si conceden o no el alimento en su caso. De hecho, la corte puede utilizar “cualesquiera factores que la corte determine justos y necesarios”, además de otros factores de alimento mencionados en el Código de Familia de California §4320.

¿Cuándo Puede la Corte Denegar el Alimento en California?

Si está aplicando para un alimento, podría preguntarse qué razones podría utilizar la corte para denegar su alimento. De manera similar, los cónyuges que intentan luchar reclamaciones de alimento podrían preguntarse que argumentos pueden levantar para intentar que la corte disminuya el alimento o deniegue los pagos de sustento conyugal continuos.

Es importante recordar que el alimento no está garantizado en California. Típicamente, la persona que busca el alimento necesita probar que lo necesitan antes de que la corte conceda la petición. Esto en efecto significa que las peticiones de alimento se deniegan a menos que usted pueda probar que realmente lo necesita.

Específicamente, el alimento se deniega si existe evidencia que el cónyuge puede trabajar para sustentarse. Se espera que los divorciados jóvenes y capaces se unan a la fuerza laboral y trabajen para sustentarse. Si usted cuenta con entrenamiento o cuenta con una carrera, las cortes podrían dudar en otorgar el alimento. Similarmente, los solicitantes que no cuentan con alguna incapacidad física o niños que les mantienen fuera del trabajo podría denegárseles el alimento.

Si su caso cuenta con algunos factores para alimento y algunos factores en contra del alimento, la corte podría concederle alimento de manera limitada. Esto podría significar recibir pagos de alimento bajos o podría resultar en alimento que dure lo suficiente como para permitirle volver a ponerse de pie en lugar de un alimento continuo.

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Si usted busca alimento, es vital dialogar con un abogado acerca de su caso. Reclamar un alimento puede ser un proceso difícil, especialmente si usted solo cumple con algunos de los factores que cualifican para un alimento. Nuestros experimentados abogados de familia de Ventura pueden ayudarle a presentar su caso y argumentar para un alimento basado en factores legales complejos. Para asistencia con su aso de alimento, contacte Las Oficinas Legales de Bamieh y De Smeth el día de hoy para una consulta legal gratuita. Nuestro número es (805) 643-5555.